XVI Legislatura del Estado de Quintana Roo expidió la Ley de Entrega y Recepción de los Poderes del Estado de Quintana Roo, Órganos Constitucionales Autónomos, y de los Ayuntamientos del Estado, nuevo ordenamiento que regulará la entrega recepción de los fondos, bienes y valores públicos de la administración pública y los ayuntamientos de la entidad.
En la sesión ordinaria número 25, presidida por la diputada Tepy Gutiérrez Valasis, se aprobaron en lo particular los artículos que se habían reservado del Dictamen con Minuta de Ley de Entrega y Recepción de los Poderes Públicos, Ayuntamientos, Órganos Públicos Autónomos y de las Entidades de la Administración Pública Paraestatal del Estado de Quintana Roo; y por el que reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Quintana Roo.
Entrega-recepción
Con este nuevo ordenamiento, se establecen las facultades de las autoridades supervisoras, para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, expidan los manuales, lineamientos y formatos para los procesos de entrega recepción institucional e individual.
También se puntualiza que las autoridades supervisoras son la Auditoría Superior y la Secretaría de la Contraloría, para el proceso de entrega recepción institucional, y la secretaría y los órganos internos de control de los entes públicos, para el proceso de entrega recepción individual, en el ámbito de sus competencias.
En la misma sesión, el Pleno del Congreso del Estado aprobó también reformas, adiciones y derogaciones a la Ley del Notariado para el Estado de Quintana Roo, mediante la cual se actualizan las bases de organización y funcionamiento de la actividad notarial en el Estado, con la finalidad de evitar que exista una dispersión en la figura jurídica y los requisitos que deba cumplir quien esté al frente de una notaría.
También se actualizaron los requisitos para la obtención de una patente de notario público en búsqueda de impulsar el talento joven de nuestro Estado, reduciendo la edad mínima para poder ser notario público, de 30 a 28 años.