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    Suprema Corte anula la prohibición del uso lúdico de marihuana

    Opinión

    Con una mayoría de votos quedó invalidad la prohibición contenida en la Ley General de Salud, donde se establecía la prohibición del uso lúdico de la marihuana.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó con 8 votos a favor y 3 en contra la anulación de cinco artículos que impedían el uso de la marihuana con fines lúdicos. Lo anterior no significa que ésta ya pueda ser consumida con libertad, ya que para ello es necesario ciertos lineamientos que serán puestos en discusión en las siguientes semanas.

    De esta manera, los artículos siguientes artículos quedaron en la inconstitucionalidad: 235 (último párrafo), 237, 245 (fracción I), 247 (último párrafo) y 248 de la Ley General de Salud referentes a la producción, uso y autoconsumo de la cannabis y el THC.

    La Cofepris será la institución encargada de dictaminar dichos lineamientos y normativas para el consumo de la marihuana por mayores de edad, incluyendo los procesos de compra y en dado caso la adquisición y siembra de una planta.

    «Después de un largo camino esta Suprema Corte consolida el derecho al libre desarrollo a la personalidad para el uso lúdico de la marihuana y se confirma que los instrumentos que la Constitución tiene para la defensa de los derechos son efectivos y que un tribunal es esencial para el desarrollo de estos derechos, para su defensa y para cambios sociales que difícilmente se pueden dar en sede solamente legislativa», expresó el presidente del pleno de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar, al terminar la sesión.

    En la sesión también se acordó la exhortación de hacia el Congreso de la Unión para generar las regulaciones necesarias que permitan el uso no medicinal de esta planta, para generar un proceso que no comprometa la salud de la ciudadanía ni de menores de edad.

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