El Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), retira de manera oficial la candidatura por la presidencia de Isaac Janix del partido ‘Fuerza por México’.
IEQROO retira la candidatura para la presidencia municipal por Benito Juárez de Isaac Janix tras acusarlo de violencia política contra la mujer.
Janix, señalado de incurrir en violencia política por ‘leer comentarios en su cuenta de Facebook’ contra Mara Lezama, entonces presidenta municipal con licencia y candidata a la misma por la relección de la coalición ‘Juntos Haremos Historia’.
Dada en una sesión extraordinaria realizada este viernes, el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo dio cumplimento a la sentencia del Tribunal Electoral de Quintana Roo que determinó la responsabilidad de Isaac Jánix en violencia política contra la mujer en razón de género contra la candidata María Elena Hermelinda Lezama por la coalición ‘Juntos Haremos Historia’ por el municipio de Benito Juárez; y dispuso la inscripción de su nombre en el Registro estatal y nacional de personas sancionadas por un período de 4 años.
Por lo tanto, el partido ‘Fuerza por México’ tiene un plazo de 24 horas para definir la sustitución de candidato y designar un nuevo aspirante a la presidencia municipal de Benito Juárez en representación de dicho partido.
‘FXM’ impugnará
La representación de ‘Fuerza por México’, Harley Sosa Guillén, se pronunció ‘en contra de la decisión y resolución, por lo que anunciaron que impugnarán’.
Por otro lado, la IEQROO informó que ‘no habrá sustitución de Issac Janix en las boletas, pues estas ya están impresas’ y el voto contará para el partido postulante.
“Es de señalarse que mediante la sentencia, el Tribunal (Electoral de Quintana Roo) sostiene el hecho de que una vez calificado la falta como violencia política en contra de la mujer por razón de género, la consecuencia lógica jurídica estriba en decretar que el ciudadano Issac Janix Alanís no cuenta con el modo honesto de vivir mientras dure la sanción impuesta por el Tribunal. En consecuencia, el ciudadano referido incumple lo señalado en el artículo 40 de la Constitución local”, menciona el acuerdo emitido por el Consejo.