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    ¿Qué es la nueva Ley de Emergencia Policial?

    Opinión

    El Congreso del Estado de Quintana Roo aprobó por mayoría la Ley de Emergencia Policial, Reglamentaria de la fracción X del artículo 90 y 157 de la Constitución local el pasado 14 de agosto, la cual otorga la facultad al gobernador de asumir el control de las policías municipales en casos que considere de emergencia, a través de una declaratoria.

    Dicha ley se aprobó luego de que se firmarán acuerdos de Mando Único con 10 de los 11 municipios. Solidaridad es el único municipio que presentó una controversia constitucional contra las modificaciones de la ley, y esta se presentó desde el pasado 7 de junio ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), bajo el argumento violatorio de autonomía.

    La Ley de Emergencia Policial, en su artículo 1, reglamenta la fracción X del artículo 90 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, así como el artículo 157 de la misma.

    Ambas partes de la Constitución local señalan que el gobernador podrá tomar el mando de la policía preventiva en casos que juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden público.

    Su aplicación no se motiva por fallas o insuficiencias estructurales, ni se podrá incidir en políticas públicas municipales permanentes.

    ¿Qué es la nueva Ley de Emergencia Policial?

    Además, se señala en el artículo 3 de esta ley que todos los elementos de la Policía Preventiva Municipal que incumplan órdenes del gobernador o de su representante acreditado, será sancionado penal o administrativamente.

    El gobernador podrá delegar la supervisión y ejecución de instrucciones operativas al secretario de Gobierno, de Seguridad Pública o a cualquier servidor público de su elección.

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