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    Suprema Corte facilita el cambio de identidad a personas trans

    Opinión

    Por determinación de la Suprema Corte, las personas que lo soliciten podrán adecuar sus actas de nacimiento sin necesidad de ir a juicio o contar con el consentimiento de terceros

    Así lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) las personas trans podrán adecuar sus actas de nacimiento en todo el territorio nacional sin ir a juicio, como ocurre en algunos estados.

    La Segunda Sala del máximo tribunal resolvió que dicho trámite, en la mención nombre y género, debe efectuarse en la vía administrativa, pues ‘el agotamiento de un juicio provoca afectaciones indebidas e innecesarias en la vida privada’.

    Las autoridades de todos los estados de la República deben tomar las medidas necesarias para asegurar que las personas trans que deseen adecuar sus actas de nacimiento puedan hacerlo sin ir a litigio.

    Solamente en la Ciudad de México Coahuila, Colima, Hidalgo, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, San Luis Potosí y Tlaxcala contemplan un procedimiento administrativo para el reconocimiento legal de la identidad de género.

    Para uno de los criterios contendientes, ‘si una vez realizados los procedimientos necesarios para modificar el sexo de una persona trans, se mantienen los datos concernientes al nombre y sexo en sus documentos, estarán violando sus derechos a la dignidad humana’.

    “Mantener los datos concernientes al nombre y sexo en los documentos viola los derechos fundamentales a la dignidad humana, a la igualdad y a la no discriminación de las personas trans”.

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