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    Gobierno Federal Facilita la Recuperación de Acapulco tras el Huracán «Otis

    Opinión

    Con el propósito de acelerar la recuperación y renovación de Acapulco después del paso del huracán «Otis», el Gobierno federal ha optado por agilizar los reembolsos fiscales, simplificar las contribuciones voluntarias y respaldar las labores «sin la imposición de impuestos» durante un periodo de tres meses.

    En la versión de la tarde del Diario Oficial de la Federación publicada ayer, la Secretaría de Hacienda anunció que tanto personas físicas como jurídicas podrán deducir de forma inmediata y al 100 por ciento las compras de activos fijos destinados a la reconstrucción, rehabilitación o sustitución en áreas afectadas por el huracán si estas adquisiciones se realizan entre octubre y diciembre de 2023.

    Esto significa que si una persona física o empresa adquiere maquinaria para la restauración de una propiedad, podrá recuperar el 100 por ciento de dicho costo, ya que podrá deducirlo de sus ingresos totales que reporta al fisco.

    «Si un hotel planea adquirir equipos informáticos y mobiliario dentro del plazo establecido por Hacienda, podrá restar el costo de estos elementos de los ingresos que reporta a las autoridades fiscales», explicó Virginia Ríos, experta en cuestiones fiscales y académica de la Universidad Panamericana. O si una persona había obtenido ingresos por un millón de pesos hasta el 30 de octubre, fecha en la que entraron en vigor estos beneficios, y, a partir del 31 de octubre hasta el 31 de diciembre, gasta 2 millones de pesos en la recuperación o rehabilitación de su negocio, no deberá pagar impuestos en su declaración anual.

    El fisco detalló que la deducción inmediata por la compra de activos no se aplicará a automóviles, equipo de blindaje de vehículos o cualquier otro activo fijo que no pueda identificarse individualmente.

    A las personas físicas que residen en las zonas afectadas y que están sujetas al Impuesto Sobre la Renta (ISR), no se les sumarán a su declaración los donativos o apoyos económicos recibidos de personas jurídicas o fideicomisos autorizados, siempre y cuando estos se destinen a la rehabilitación o reconstrucción.

    Otro de los beneficios incluye la posibilidad de que tanto personas físicas como jurídicas puedan pagar sus impuestos de manera más flexible. Por ejemplo, podrán hacer los pagos correspondientes al Impuesto al Valor Agregado (IVA) y al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) de octubre, noviembre y diciembre de 2023 en tres cuotas a partir de enero.

    Según el decreto, se otorga otro estímulo que permite a los empleadores pagar el ISR de sus trabajadores correspondiente al último trimestre del año en tres cuotas, sin aplicar actualizaciones ni multas.

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