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    Suprema Corte de México prohíbe escuchas telefónicas sin autorización judicial

    Opinión

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anunció a través de un comunicado, que han anulado los preceptos que permitían la interceptación telefónica sin la debida autorización judicial.

    La SCJN ha señalado que el decreto que reforma el Código de Justicia Militar y expide el Código Militar de Procedimientos Penales no establece si la intervención de comunicaciones telefónicas solo puede ser llevada a cabo en el caso de militares o si también puede ser aplicada a civiles.

    La Suprema Corte declaró nula la facultad que permitía a los militares realizar inspecciones en hogares y oficinas gubernamentales sin la intervención de un juez civil, lo que permitía a las autoridades militares ejercer medidas restrictivas sobre civiles.

    Asimismo, la corte invalidó la facultad de los militares de rastrear la ubicación de dispositivos de comunicación móvil relacionados con investigaciones sin aclarar si estas facultades se aplicaban a personas civiles o militares.

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