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    Entra en vigor la nueva ley de ‘Teletrabajo’ o ‘Home Office’

    Opinión

    Con la llegada de la pandemia por Covid-19, los esquemas de trabajo se vieron modificados en todo el país, por lo que se ha desarrollado lineamientos para el ‘Teletrabajo’.

    El ‘Teletrabajo’ o mejor conocido como ‘Home Office’ ahora cuenta con una ley para catalogar mejor los derechos y obligaciones de los patrones y quienes prestan sus servicios de manera remota.

    En este sentido, esta serie de normas se hicieron oficiales al ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el pasado lunes 11 de enero. Fue el Presidente Andrés Manuel López Obrador quien compartió esta nueva ley, la cual cuenta con la aprobación del Congreso y de igual forma contemplada una nueva reforma en la Ley Federal del Trabajo.

    De esta forma las obligaciones para las empresas que emplean el ‘Teletrabajo’ son:

    • Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo como equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros.
    • Asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad.
    • Inscribir a las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo al régimen obligatorio de la seguridad social.
    • Establecer los mecanismos de capacitación y asesoría necesarios para garantizar la adaptación, aprendizaje y el uso adecuado de las tecnologías de la información de las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo.
    • Respetar el derecho a la desconexión, a fin de que los trabajadores puedan apagar su equipo y dejar de contestar llamadas y correos al término de la jornada laboral.

    Por su parte los colaboradores que realicen ‘Home Office’:

    • Tener el mayor cuidado en la guarda y conservación de los equipos, materiales y útiles que reciban.
    • Informar con oportunidad sobre los costos pactados para el uso de los servicios de telecomunicaciones y del consumo de electricidad.
    • Obedecer las disposiciones en materia de seguridad y salud establecidas en el trabajo.
    • Utilizar los mecanismos y sistemas operativos para la supervisión de sus actividades
    • Atender las políticas de protección de datos utilizados en el desempeño de sus actividades, así como las restricciones sobre su uso y almacenamiento

    Dentro de estas normas se establece que el teletrabajo debe ser de manera voluntaria y debe ser establecido por escrito, salvo por casos de fuerza mayor.

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