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    El debate se enciende por el nuevo acuerdo de la Fiscalía General de México sobre el acceso a datos telefónicos sin autorización judicial

    Opinión

    El reciente acuerdo publicado por el Fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero, ha suscitado un acalorado debate en el país. Dicho acuerdo, aparecido en el Diario Oficial de la Federación (DOF) este mes, otorga poder a los ministerios públicos para requerir a las compañías de telecomunicaciones datos de geolocalización en tiempo real y otra información sin la previa aprobación de un juez. A pesar de su limitación para casos específicos, como aquellos que involucran riesgos para la vida, estas nuevas facultades generan preocupaciones sobre un organismo que previamente ha hecho uso de sus atribuciones para vigilar teléfonos de personas que no estaban bajo investigación oficial.

    El acuerdo, fechado el 6 de diciembre, ha generado diversas opiniones en torno a un tema ya sensible. El mes anterior, a través de una investigación del periódico The New York Times, se reveló que agentes de la Fiscalía de Ciudad de México habían solicitado datos telefónicos similares a un juez, alegando la investigación de un presunto secuestro. Esto condujo al acceso a información del teléfono del actual alcalde de Benito Juárez, Santiago Taboada, quien además es el candidato opositor al Gobierno de Ciudad de México. Estas revelaciones provocaron críticas de la oposición, acusando un presunto abuso de autoridad por parte de la institución encargada de procurar justicia.

    En sintonía con estos eventos, el Fiscal General ha otorgado específicamente a sus ministerios públicos la autorización para solicitar a las empresas de telecomunicaciones y proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos la «localización geográfica en tiempo real o la entrega de datos conservados» de un cliente en situaciones que involucren riesgo para la integridad física o la vida de una persona, así como delitos como privación ilegal de la libertad, secuestro, extorsión o delincuencia organizada. Posteriormente, deberán informar al juez en un plazo de 48 horas sobre las acciones realizadas.

    A pesar de que estas facultades ya estaban en manos del titular de la FGR, ahora se han trasladado directamente a los ministerios públicos. El acuerdo también concede a los agentes de investigación la capacidad de solicitar a las empresas de telecomunicaciones la preservación de «datos contenidos en redes, sistemas o equipos de informática» de un teléfono; o de pedir autorización judicial para acceder a información bancaria a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, algo que anteriormente requería cargos de mayor jerarquía.

    El abogado penalista Ambrosio Michel, quien analizó el acuerdo junto con su equipo legal, señala que debido a la ambigüedad del lenguaje utilizado, este documento podría permitir a los ministerios públicos solicitar diversos datos telefónicos a las empresas sin necesitar la aprobación de un juez, incluso acceder a detalles como el registro de llamadas. Michel anticipa que esta resolución probablemente llegará a la Suprema Corte cuando sea utilizada para imputar a una persona y su defensor la impugne. Aunque destaca que, según lo publicado, los ministerios públicos seguirán requiriendo la autorización de sus superiores. «Es una delegación bajo supervisión», señala. «¿Pueden delegarse facultades cuando se está sujeto a la aprobación de un superior?», cuestiona.

    Para el penalista Ulises Gómez Nolasco, este punto salvaguarda la responsabilidad. «El fiscal está intentando protegerse», afirma. «Está creando una barrera para que cualquier uso indebido de esta facultad no repercuta en él. Si ocurriera lo mismo que con Ernestina Godoy, podría decir que es responsabilidad del ministerio público que ejerció esa facultad». Gómez Nolasco, quien trabajó en la procuración de justicia, reconoce la utilidad de estas facultades en la persecución del delito, pero enfatiza en la importancia de controlar su uso indebido.

    Adriana Greaves, abogada de la organización Tojil, destaca el potencial peligro en el contexto mexicano. Aunque reconoce que dotar a los fiscales de herramientas para combatir el delito sería beneficioso en un entorno donde estos fueran confiables, señala la posibilidad de extorsiones y espionaje al abrirse esta puerta a la obtención de datos. La ambigüedad en la frase «datos conservados» es un punto de debate jurídico, señala Greaves, al cuestionar si esto incluye información de contenido o se refiere únicamente al tráfico de datos.

    El foco de atención estará puesto en la actuación de la FGR, la cual ha sido motivo de preocupación en el pasado. Reportes previos revelaron que la Fiscalía adquirió programas de inteligencia para la geolocalización de celulares y análisis de datos masivos entre 2019 y 2020. Asimismo, en julio del año anterior, se expuso que esta institución había intervenido ilegalmente el teléfono del padre de Emilio Lozoya con la intención de presionarlo durante las negociaciones del caso Odebrecht. El nuevo acuerdo ahora abre una ventana a un acceso adicional a la información privada, generando inquietudes sobre su posible uso indebido.

    El impacto y las implicaciones de este acuerdo en la esfera legal y de privacidad siguen siendo motivo de intenso debate en México, planteando interrogantes sobre los límites del acceso a la información por parte de las autoridades y la necesidad de salvaguardar los derechos individuales en la lucha contra el crimen.

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